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Ana María Cuesta.-NOTICENTRO.-La Sala Plena de la Corte Constitucional tumbó una disposición de la Ley 1421 de 2010 que establecía que los departamentos y los municipios podían “imponer tasas o sobretasas especiales destinadas a financiar los fondos-cuenta territoriales para fomentar la seguridad ciudadana”. El artículo 8 de la mencionada ley advertía que las tasas para financiar la seguridad de las regiones debían tener un carácter permanente. Una demanda del ciudadano Javier Ortiz Muñoz le pidió a la Corte que tumbara la potestad regional para fijar esas tasas debido a que vulneraba “la competencia exclusiva del Congreso para establecer contribuciones fiscales y parafiscales”. La Procuraduría consideró que el tributo no debía caerse por cuanto no vulneraba las competencias del Congreso. Pero la Corte Constitucional, con ponencia de la magistrada Gloria Ortiz, consideró que sí.

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